Dioxitek S.A.: Conciencia Solidaria presentó Acción Preliminar ante el Superior Tribunal de Formosa

A fin de poder iniciar demanda de nulidad de la Resolución Ministerial que aprobó el Estudio de Impacto Ambiental para la instalación del Polo Científico, lugar donde se emplazará Dioxitek S.A. Conciencia Solidaria presentó Acción Preliminar ante el Superior Tribunal de Formosa  

 

La declaración de aprobación del Estudio de Impacto Ambiental y Social del Polo Científico, Tecnológico y de Innovación  por el Ministro de Producción y Ambiente de Formosa en el 2014 es ilegítima y fue impugnada en todas sus partes por Conciencia Solidaria, en un procedimiento administrativo tortuoso. El día 7 de julio de 2016, logramos solicitar al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Formosa, el juicio preliminar previsto en su Código Contencioso Administrativo, para iniciar demanda ordinaria contra el Estado Provincial para obtener la nulidad de dicha declaración.La supuesta finalidad científica y tecnológica del Polo demostró ser una máscara para ocultar a la población el proyecto político-territorial nuclear. En el predio ubicado a 16 km de la ciudad capital, se instalará la planta de producción de combustible nuclear de la CNEA –Comisión Nacional de energía Atómica- Dioxitek S.A, que fue expulsada de la ciudad de Córdoba en el año 1995, en el 1998 y en el 2012 como consecuencia de los efectos sobre la salud y el ambiente.

En los documentos de la CNEA se reconoce que de no implementar medidas podría haber “…limitaciones al uso del agua y del suelo…impedimento para el desarrollo de determinadas actividades... con aumento del índice de probabilidad de contraer cáncer… y afectación a la diversidad biológica”. 

A los fines de cumplir con el último “acuerdo de expulsión”, vencido hace tres meses, entre la CNEA, Dioxitek S.A y la Municipalidad de Córdoba, el Gobierno inició dos procedimientos administrativos con el objetivo de relocalizar la planta de uranio en territorio formoseño.

El primero de esos procedimientos, que culminará con la Declaración de Aprobación del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), es el que permanece impugnado judicialmente.

Entre los argumentos expuestos para exigir la revocación de la resolución se encuentran:

-   Los resultados del Estudio de Impacto Ambiental, que evidencian que el funcionamiento del área industrial causaría impactos significativos medios y altos, y el plan de gestión ambiental elaborado por la consultora del EsIA no contiene medidas concretas para disminuir los impactos valorados.

-   Que el Gobierno no cumplió con la consulta previa a las comunidades indígenas que viven a 6 km de donde se radicaría el proyecto y desde donde se transportaría el agua para el funcionamiento de Polo.  Lo que es más, el Subsecretario de Recursos Naturales el Abogado Dr. Hugo Eduardo Bay, contestó que “las comunidades no gozan del derecho a participar porque no tienen tenencia legal de la tierra”, ignorando no solo la legislación nacional e internacional sobre consulta previa, sino desconociendo la responsabilidad que le cabe a su Gobierno ante la falta de reconocimiento y entrega de títulos de propiedad comunitarios.

-   Y finalmente, se ignoran caudales, características, monitorio y puntos de vuelco de efluentes cloacales e industriales.

Por otro lado, el segundo procedimiento es el que tramita la aprobación del EsIA de Dioxitek. Por solicitud del Ministerio de Producción y Ambiente, y luego de una audiencia pública donde más de 20 organizaciones cuestionaron el proyecto, la empresa lo reformuló. Es decir, constituye un nuevo EsIA que, a pesar de ser evaluado nuevamente por el cuerpo técnico de la Subsecretaría de Recursos Naturales de Formosa, debió hacer una nueva Audiencia Pública. El mismo, todavía, no tiene aprobación.

Sin embargo, la ilegalidad y arbitrariedad del procedimiento de aprobación del Polo, es tan manifiesta que deviene legalmente imposible e irrazonable el trámite de aprobación del EsIA y la celebración de la Audiencia Pública de Dioxitek, hasta tanto no se resuelva la aprobación definitiva del primero donde propone instalarse.

Por su parte, el documento presentado por Dioxitek no cumple con los requisitos técnico-científicos mínimos que debe tener un estudio de impacto ambiental, en tanto que no identifica, predice, ni cuantifica los efectos de las acciones del proyecto sobre el ambiente.  Tampoco se garantizó la participación de las comunidades indígenas en este procedimiento, y la CNEA no tiene sitios para la disposición final de residuos radioactivos que provendrían de la nueva planta de dióxido de uranio. A saber, la Provincia de Formosa no permite la instalación de industrias nucleares según la Ley N° 1060.

El actual Gobierno Nacional dio el aval para que se instale una planta de procesamiento de dióxido de uranio, peligroso elemento radiactivo, en Formosa, que se trasladará por vía terrestre, recorriendo más de 1000 kilómetros. Ello fue confirmado por el  Jefe de Gabinete de la Nación, Marcos Peña, y según sus dichos, el proyecto será ejecutado por Dioxitek S.A. y el Uranio llegará por ruta y luego será trasladado hacia Ezeiza también por vía terrestre.

Según el Gobierno Nacional, la planta de Conversión de Uranio estará funcionando a fines de 2019, habiéndose actualmente comenzado las obras.

La planta tendrá un costo de 15 millones de dólares, y será ejecutada por Dioxitek S.A, se trata de una sociedad anónima estatal argentina, perteneciendo el 99 % de sus acciones a la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) y el 1 % restante a la Provincia de Mendoza.

 


 

Por: Dra. Nora Giménez

Asesora Legal de Conciencia Solidaria ONG
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Lic. Luciana Gagliardo

Presidente de Conciencia Solidaria ONG

Coordinadora de la Campaña Nacional: "NO Nuclear" 

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